El pasado viernes comenzamos un nuevo ciclo de
videoconferencias sobre Niebla. Éstas van a ser publicadas en el blog, pero con
ciertas limitaciones, es decir, no vamos a publicar todo lo que se habló y
explicó en la conferencia, por dos motivos:
-
Por limitaciones lógicas de espacio, ya que
resumir dos horas en un artículo supondría una extensión excesiva del mismo y
su consiguiente cansancio.
-
Por conceder cierta “exclusividad” a los que se
molestan en dedicar parte de su tiempo en asistir a charlas/coloquios. Así pues
habrá ciertos detalles que quedarán sólo para los asistentes.
Causa
por querella de María de las Nieves, vecina de la villa de Niebla.
Contra.
Joseph
Rodríguez, sacristán menor de la iglesia parroquial de Santiago de la dicha
villa, vecino della, por haberla estrupado debajo de palabra de casamiento.
Así
comienza un documento que nos encontramos trabajando en el Archivo diocesano de
Huelva (ADH), en la sección “Criminales”, correspondiente a Niebla (legajo
395). Inicialmente podría parecer uno de los muchos juicios eclesiásticos que
hemos leído, pero pronto comenzó a mostrarnos datos muy interesantes de finales
del siglo XVII (año 1689) en Niebla.
En
primer lugar pondremos la definición de “extupro” del diccionario de la RAE:
1. m. Der. Coito con persona mayor de 12 años y menor de 18, prevaliéndose de superioridad, originada por cualquier relación o situación.
2. m. Der. Acceso carnal con persona mayor de 12 años y menor de 16, conseguido con engaño.
3. m. Der. Por equiparación legal, algún caso de incesto.
4. m. Antiguamente, coito con soltera núbil o con viuda, logrado sin su libre consentimiento.
Sabemos
que Joseph Rodríguez tenía 19 años cuando es acusado y, por las descripciones
de María de las Nieves, ésta no tendría más allá de los 16-18 años, con lo cual
el extupro queda justificado, ahora bien ¿era real esa acusación?¿porqué no
cumple su palabra? Para todo ello, se establece un tribunal que, en este caso
tiene que ser eclesiástico, ya que ciertos delitos (sobre todo los sexuales
extramatrimoniales) son de competencia específica de la Iglesia. En el caso de
Niebla del Arzobispado de Sevilla, de quien dependía por no existir aún la
diócesis de Huelva. El arzobispo nombraba un representante para la causa, que en
este caso fue Joseph García Domínguez, vicario de las iglesias de Niebla y quien
debía tomar juramento a los distintos testigos, tanto los de la parte acusadora
como los del acusado.
Jaime de Palafox y Cardona, Arzobispo de Sevilla (1684-1701)
Hay dos cosas que nos llaman la atención en primer lugar:
EL
DETONANTE.
En
una visita que hacen el corregidor de Niebla, Francisco Sánchez Real, Justicia
Mayor de la villa de Niebla, y el secretario de cabildo a casa de María de las
Nieves, quien vivía con su madre, los oficiales del cabildo descubre un niño
recién nacido enterrado bajo el suelo de una de las habitaciones. Puede parecer
una barbaridad, pero en esta época era algo bastante común, especialmente y tal
y como declara el apoderado de María de las Nieves en el juicio murió sin
recibir las aguas, esto es, probablemente el niño murió sin poder
bautizarse por lo que tampoco podía enterrarse en lugar sagrado. En las villas
de esta época estos niños se enterraban en un lugar próximo al cementerio o
directamente en cualquier sitio, como es el caso que nos ocupa.
Enterramiento infantil en ámbito doméstico medieval, en Navarra.
Esta
situación, de la que no sabemos como se produce (probablemente por algún
informante ¿anónimo?) lleva a que María de las Nieves y su madre Catalina la
Carraçana sean desterradas de Niebla. Sabemos por algún testigo que van a
Sevilla, de hecho María es vista trabajando en la “Taberna del Elefante” de
dicha ciudad.
Parece
ser que para “justificar” o atenuar el delito de enterramiento del niño María
denuncia a Joseph Rodríguez por extupro, diciendo que el niño es hijo suyo y
que le prometió casamiento, sin que lo haya cumplido.
Corregidor y escribano del siglo XVII. Guamán Poma de Ayala
LA
CÁRCEL
También
es llamativo que Joseph ingrese automáticamente en la cárcel pública de Niebla,
desde donde va a seguir todo el proceso judicial. (Sabemos dónde se encontraba,
pero es parte de la exclusividad de la videoconferencia). El
Justicia Mayor tenía muy buenos argumentos para encarcelarlo sin que se
hubiesen realizado testimonios aún, aunque en la Edad Moderna la pena de cárcel
se aplicaba con mayor ligereza que ahora, siendo potestad absoluta de los responsables del orden en la villa (alguaciles, justicias, corregidor, etc.).
EL
JUICIO
El
vicario nombrado por Sevilla prepara una batería de preguntas fijas que se les
harán, bajo juramento, a los testigos del acusado (20) en primer lugar y a los
de la acusadora (10) tras los primeros. Vamos a dividirlos en dos bloques,
porque los testimonios son bastante parecidos en cada uno de los grupos.
“A
favor de Joseph”:
-
Es de buena familia: vemos
que no sólo se enjuicia a la persona, sino que el provenir de una familia “de
bien” suele también garantizar un comportamiento correcto; además Joseph está
emparentado con cargos públicos de Niebla, de hecho, era primo hermano de
cargos públicos, en concreto de uno de los alcaldes ordinarios. Nos consta que
María de las Nieves estuvo pidiendo durante todo el proceso que se le llevara a
la cárcel del Arzobispado en Sevilla, probablemente por el trato favorable que
tenía en Niebla.
-
Es eclesiástico: como
hemos visto Joseph es el sacristán menor de la parroquia de Santiago, una de
las cinco en las que Niebla estaba dividida, aunque en esa época ya había dos
sin cultos. No es un religioso en sentido estricto, puesto que sabemos que se
casó posteriormente, pero el estamento religioso concedía una credibilidad por
encima del resto del “pueblo llano”.
Posible delimitación de la collación de Santiago con su iglesia parroquial
-
Es blanco: si amigos, uno de los argumentos principales
para que su palabra sea más creíble es que María es mulata, hija de una blanca
y un esclavo negro y por tanto con más derechos, aunque sólo sean morales.
Incluso algunos testigos ven la imposibilidad del matrimonio por este motivo. Pero
en la Niebla Moderna sabemos que había muchos matrimonios mixtos, incluso con
esclavos. (Otra explicación que dejamos en exclusividad)
-
María de las Nieves es hija y sobrina de “delincuentes”. Hemos
hablado de la importancia de la familia, pues tanto Catalina Carraçana, su
madre como su tía Justina fueron castigadas y condenadas un año y medio antes
por hurto a destierro, so pena de berguensa pública. Sabemos que la
primera se desterró, y luego volvió, pero su tía prefirió la vergüenza pública,
o la argolla que es un castigo consistente en colocar en lun lugar
público a la reo con una argolla en el cuello para que los transeúntes y
vecinos vieran que era culpable de algún delito que, normalmente se
especificaba en un cártel. Sabemos dónde estaba esa argolla, pero queda de
nuevo para la exclusividad, principalmente porque recientes
investigaciones nos han dado nuevos datos que explicaremos en la siguiente
videoconferencia. De esta forma, los delitos de la familia estigmatizan a toda
ella, confiriendo una especie de culpabilidad compartida, aunque fuese anterior
y ya purgado.
“A
favor de María de las Nieves”
-
Es horada y recogida. Obviamente
son opiniones personales de testigos cercanos y favorables a ella, pero no deja
de ser llamativo que, “jurando ante la cruz decir verdad” haya testimonios
directamente enfrentados, o lo que es lo mismo, que se mentía descaradamente y
faltando a juramento (vamos, como ahora).
- Matrimonios
mixtos. Eran muy comunes en la Niebla de 1689, tal y como lo
manifiestan los testigos, aunque si es verdad que las mujeres casadas con “pardos
o morenos” eran las pobres u ordinarias porque La de mediano / punto y principal,
nunca se mescla con los more- / nos por casamiento. Sabemos que más del 15%
de la población de Niebla en 1767 era “de color pardo”, casi 80 años después de este juicio, teniendo en cuenta que muchas familias ya se habrían “blanqueado”
podemos suponer que el porcentaje era aún más alto en el XVII.
Composición de la sociedad iliplense de 1767 (elaboración propia)
EL
VEREDICTO
Con
todos los antecedentes vistos pensábamos que María sería castigada por perjurio
en este proceso, pero sin embargo fue Joseph el que se le consideró culpable,
de hecho se le condena a pagar las costas del juicio, se le libera de prisión, y
además se transcribe que que debo apersiuir, amonestar, y mandase /
apersiuo, amonesto y mando al dicho Joseph Rodrigues que / de aquí adelante,
viua casta y onestamente en fe, y no trate / ni comunique más con la dicha María
de las Nieves… También se le cesa del cargo de Sochantre de la iglesia de
Santiago hasta nuevo aviso. Este veredicto nos hace pensar, junto con el
encarcelamiento preventivo tan súbito que la reputación de Joseph no era tan
buena como nos intentaban hacer ver sus testigos.
La
respuesta, como siempre en un nuevo legajo, concretamente en el 394, Niebla,
Criminales del ADH. El 25 de junio de 1713 se abre un nuevo proceso contra
Joseph Rodríguez, Sacristán Mayor de Santiago por haber extrupado a Theresa
de Jesús , moza soltera que ha quedado preñada.
En
este nuevo juicio se habla de otra condena que tuvo dos años antes, y que, a
pesar de ello no ha escarmentado. Lo que nos lleva a pensar que en el primero
de 1689 ya el comportamiento de Joseph venía demostrando que era tendente a
relaciones ilícitas. Este último es definitivo, en el sentido de que se le
excomulga, se le suspende del empleo de sacristán, se le obliga a pagar las
costas y se le embargan sus bienes, ya que cuando lo van a llevar preso ha
huido dejando su casa y su mujer.
CONCLUSIONES
Puede
parecer que el morbo de un juicio sea el motivo principal de esta entrada, pero
la experiencia nos dice que el formato de los mismos, con las declaraciones de
testigos, normalmente locales, añade una ingente cantidad de información
adicional e interesante, como son nombres de calles, organización de clases
sociales, funcionamiento de la justicia, integración social de minorías
étnicas, etc. En definitiva muchos aspectos de la vida cotidiana de los
iliplenses del pasado.
Todo
lo anterior y mucho más de lo que vayamos sacando de las lecturas documentales
iremos presentando poco a poco en nuestras conferencias y debates
audiovisuales.
¡Os
esperamos!
Pelayo Castillo Palacios, Antonio Bonilla Giles y Sebastián Breva Ramírez