El año
pasado, justo antes de la presentación sobre “La Virgen del Pino en las fuentes
documentales”, en la revisión e inventario que estamos realizando poco a poco
en el Archivo Diocesano de Huelva, nos llegó el legajo 390, ya advertí en mi
muro de Facebook que “si nuestros lectores supiesen lo que teníamos entre manos
iban a disfrutar un montón”. Hoy es ese día. Nos referiremos a un documento de
más de 200 folios en el que se acabó dirimiendo el patronazgo de Niebla.
El 5
de julio de 1759, Ignacio Sañudo de Medina, en nombre del convento de Santo
domingo de Niebla, comienza un pleito que le llevará 7 años (hasta febrero de
1766) en el que intenta justificar que el patronazgo de la villa de Niebla
corresponde a Santo Domingo de Guzmán en exclusiva, y que la celebración
“popular” de los patrones San Walabonso y de Nuestra Señora del Pino, no tienen
justificación legal. Situación que, en su opinión y la de los frailes del
convento, perjudica claramente a su patrón:
agora acaece que por algunos de [ ] / dividuos del pueblo ya con el afecto que
tienen al Glo- / rioso Martir San Uvalabonso, o ya por tradición en / su
Martirologio Corduvense, creerse o estarse en la in- / teligensia de ser
oriundo de aquel condado, han pro- / curado selebrarlo en dicha villa
hasiendole fiesta el cauil- / do todos los años y aun publicando algunos
eclesiásticos de / ella ser u deuerse guardar por día festiuo, dando cau- / sal
y explicando ser patrono también de ella, lo que / están resultando e
infiriéndose graues perjuicios es- / pirituales, assí por faltarle el culto,
assí en la estima- / ción, como en la aseptación al Gran Padre
Igualmente
se queja del “trato preferente” que en esos años recibía la Virgen del Pino:
el proceder de aquella villa, en estos
particulares que / desde el año 755, en que experimentó la fatalidad / deste
reyno del terremoto, que por auerse reconoci- / do que en la hermita titulada
de Nuestra Señora del Pino, / extramuros de ella, no hubo detrimento, ni señal al-
/ guna de ruina, aclamaron muchos vecinos y el ayun- / tamiento a dicha ymagen
por patrona de dicho pueblo; y so- / lemnemente fueron con la anuencia del
clero a / hazerle voto y aclamación de tal patrona de for- / ma que, según su
inteligencia y en lo que quieren / instruir al pueblo tienen tres patronos
Por
tales motivos solicita:
al remedio conveniente se destruigan
semejantes / abusos, se conserue, tenga, guíe y selebre por tal / único
patrono, como legítimo, cierto y verdade- / ro a dicho nuestro Gran Padre
Hasta
aquí no deja de ser más que una queja al Arzobispado de Sevilla, entidad
superior de la que dependía la vicaría de Niebla y todas sus parroquias y
entidades religiosas, incluso en algún momento de su argumentación, Sañudo
manifiesta que “no quiere llegar a pleitos”. El proceso continúa con la
solicitud del representante del arzobispado al cabildo secular de Niebla de
cualquier documentación que pueda justificar las fiestas de San Walabonso y de
Nuestra Señora del Pino.
Santo Domingo de Guzmán
En
octubre de 1759, el representante del cabildo, Melchor de los Reyes, no
presenta la documentación que los autos del arzobispado de Sevilla le solicita
en tal causa, pero propone el “patronazgo compartido”. Fundamentalmente lo
justifica con que al ser una propuesta del duque, y como señor de todos esos
territorios, pudo hacerlo para todo el
condado y no sólo para Niebla en 1580.
Como
se evidencia un desacuerdo entre los dos contendientes, en estos casos el
arzobispado propone un interrogatorio supervisado por un representante nombrado
por él (en este caso el cura único de Niebla, Pedro Valiente). Cada parte presenta
un cuestionario y una serie de testigos que deben ser aprobados por Sevilla.
Una
vez aprobado el cuestionario el 10 de diciembre de 1759 el convento de Santo Domingo
comienza con sus testigos y con las siguientes preguntas:
1
Pregunte
por el conocimiento de las presentes noticia deste pleito, díganle. /
2
Si
sauen que esta villa y su ayuntamiento ha estado y está sele- / brando todos
los años por patrono al Glorioso Patriar- / cha Nuestro Padre Santo Domingo, en
virtud del voto con / trata y promesa hecho por dicho cauildo secular, y /
eclesiástico. Licencia y orden del exmo. Señor duque deste con- / dado y asenso
del señor arzobispo del arzobispado des- / de el año de 1580, en lo que ni a
auido decaden- / cia, ni se ha dudado por parte alguna del pueblo, ni /
retenidas, y por lo mismo el cauildo secular jamás / se ha opuesto a la
celebridad de su patrono. Lo que sa- / ven por ser y pasar assí acuerlo oído
decir a sus maiores / y más ancianos y demás que dirán.
3
Si
sauen que sin más que la uoluntad de los capitulares des- / ta villa, se ha
hecho y está haciendo fiesta al Glorioso / Mártir San Uvalabonso, por traer
tradición ser deste / condado, y que por afecto que le tienen, lo nominan /
patrono sin auer licencia del exmo sr. duque desta / villa, ni de sus
antesesores; no auer tampoco orden / de los srs. Arzobispos de Seuilla, porque sólo ha sido por / mero
afecto que al dicho Glorioso Mártir le profesan, lo / que siempre así se ha
dicho y han oydo decir // (49vº) sus maiores y más ancianos y demás razones que
/ supieren díganse.
4
Si
sauen que con el motiuo del terremoto general que ubo / el año de 1755 y auerse
experimentado en la capi- / lla de Nuestra Señora del Pino que está en esta
villa, no auer / lesión alguna y que con el afecto y patrocinio que / todos
experimentan de dicha milagrosa ymagen, / se han votado fiesta los dos cauildos
secular y en- / titulándola también patrona de la villa; y así / desde entonces
la titular llaman y festejan y se / presumen y tienen por cierto los testigos
auer / sido del mismo modo practicada la advocación que / la del glorioso
mártir san Ualabonso, por no auer / para uno ni otro, instrumento ni bula
alguna. Lo / que dirán por las razones que supieren, díganse. /
5
Y
testigos de público y notorio pública voz y fama, díganse.
Los
testigos del convento son Juan Ramírez Cojo, de 90 años; Joseph de Rivera, de
66 años; Manuel de Acosta, de 68; Antonio de León, de 70 años; José de Losas Cumbreras,
de 64 años y vicebeneficiado de la iglesia de Santa María; Juan Ignacio Molina
Escobar, de 61 años, presbítero y vicebeneficiado de Santa María; Isidro López,
de 60 años; Cristóbal Monsalve Ortiz, presbítero y beneficiado de san Martín,
de 35 años; Esteban Gómez, de 50 años y vecino de Villarrasa; Domingo Ortiz
Coto, de 40 años; Teodomiro Ponce, de 29 años y vicebeneficiado de Santa María;
Manuel Rodríguez Peña, de 46 años; Francisco Molina, de 40 años, regidor y
alcalde que ha sido; Juan García Domínguez, de 40 años.
Los
testimonios son bastante parecidos, aunque debemos decir que los pequeños datos
y aclaraciones que alguno de los testigos hace contribuyen a seguir
esclareciendo el conocimiento que no tenemos de nuestra población, pero esa irá
formando parte de posteriores investigaciones. En líneas generales podemos
decir que:
1
Todos los testigos son conocedores de la
situación que ha motivado el pleito.
2
Que saben y conocen la celebración de las
fiestas en honor de Santo Domingo.
3 Que igualmente se hacen fiestas a San Walabonso
pero que desconocen si existe alguna justificación documental para ello.
4
Suelen responder lo mismo para la Virgen del
Pino que para San Walabonso.
Dos
meses más tarde, el 4 de febrero de 1760, se realiza la declaración de testigos
que presenta el cabildo y el clero secular de Niebla, con la presencia y
supervisión del prior del convento y presbítero, fray Carlos Fernández; sus
preguntas son las siguientes:
1
sobre el conocimiento de las partes y de los
autos.
2 Si en los últimos 10, 20, 30 años se ha tenido
por patrono principal a San Walabonso; por el clero, el pueblo regular y los
pueblos del condado. Experimentado o/y oído de sus mayores.
3
Si se hace fiesta todos los años el 7 de junio,
con asistencia del cabildo.
4 Si no sólo en la villa, sino también en
Villarrasa, La Palma, Bonares, Rociana, Lucena y Beas, también tienen el 7 de
junio como festivo. Celebrando S.Walabonso como patrón del condado.
5
Si en la
procesión del corpus y otras la efigie de San Walabonso va en lugar
preeminente.
6
Si saben si en la sala capitular hay una imagen
de San Walabonso, y que hace 17 años se mandó colocar otra de Santo Domingo a
la izquierda de la anterior.
7
Si los capitulares se entierran en el convento
de Santo Domingo.
8
Testimonio de público y notorio favor y fama.
En
este caso los testigos son: Joseph de Losas Cumbreras; Walabonso Rodríguez, el
organista de la iglesia de Santiago; Tomás Ponce, de 34 años; Francisco Vallo
“el moreno”, de 60 años; Fray Carlos Fernández, prior de Santo Domingo; fray
Domingo de Ledos, procurador del convento; fray Diego Martín Pérez, depositario
del mismo; Walabonso Izquierdo; Joseph Pasqual de Torres; Tadeo Pasqual de
Torres, presbítero de la parroquial de Almonte; Diego Arroyo; Bartolomé Ramos;
Fernando Ortiz, presbítero y vecino de Villarrasa; Juan Ramírez Infante;
Narciso Chaparro; Agustín de Rivera y Pedro Ponce Cabrera.
Podemos
igualmente resumir las respuestas de la siguiente forma:
1 Que conocen el pleito y lo que lo ha provocado
2 Desde antiguo saben por experiencia propia o
por sus mayores de las fiestas a San Walabonso.
3 Que se hace el 7 de junio, haciéndolo coincidir
a veces con la fiesta del Corpus, y que el cabildo corre con los gastos de la
fiesta.
4 No tienen constancia que se celebre el día de
San Walabonso en ningún otro lugar que no sea Niebla.
Aquí hay más diversidad de opiniones en cuanto al Corpus, aunque
parece ser que no era fijo el puesto preeminente en el cortejo, y
dependía de quien lo organizara para colocar a Santo Domingo o a San Walabonso
(incluso a otras efigies como la de San José) más cerca de la Sagrada Forma o
más lejos.
6 Han visto los dos cuadros que presiden la sala
capitular del Ayuntamiento. Siendo la de San Walabonso más antigua.
7 No les consta que los miembros del cabildo se
entierren ni que siquiera tengan representación oficial de los frailes del
convento, igual a la viceversa.
Para
recabar más información, el 11 de marzo de 1760 se solicitan los libros de
actas capitulares para verificar las anotaciones y entradas en los mismos que
existen sobre San Walabonso y Santo Domingo. Nosotros hemos hecho lo mismo y la
más antigua que hemos encontrado es la del 11 de agosto de 1581 (legajo 1, fol.
27rº):
En este cabildo se mandó librar seis
ducados que se dieron a los clé- / rigos por las fiestas y prosesiones del día
de Santo / Domingo.
AHN, legajo 1, fol. 27 rº
Mientras
que en el caso de San Walabonso nos tenemos que ir hasta la instauración
oficial de su festividad por parte del cabildo en 1624 (legajo 3, fol. 209rº,
24 de abril de 1624).
A
partir de aquí comienza un largo proceso de argumentos y contrargumentos, de
retrasos en la entrega de autos, de sustituciones de representantes (algunas
motivadas por la muerte de los mismos); durante este periodo se indica que el
culto y festividad de San Walabonso se siga celebrando hasta la resolución
definitiva del pleito.
El 10
de abril de 1765 (6 años después) empieza a entreverse la base de lo que será
la resolución definitiva; el cabildo informa que no posee actas capitulares
correspondientes al año 1580 (en el que se instituye el patronazgo de Santo Domingo).
El arzobispado, en una decisión que consideramos “salomónica” y en nombre del
mismo su Provisor General, Joseph de Aguilar, comunica que no ha lugar la
pretensión del convento de Santo domingo de retirar la consideración de patrono
a San Walabonso y a la Virgen del Pino.
CONSIDERACIONES
PROPIAS.
Pensamos
que el proceso de patronazgo de Niebla es una evolución de los vínculos que el
tiempo va forjando con los habitantes de un lugar. Si partimos de un concepto
“oficial”, Santo Domingo posee todas las condiciones institucionales para
ostentar el título de patrón, de hecho y aunque no se conserven las actas
capitulares de 1580, las declaraciones y justificaciones del convento nos dicen
que fue el Duque de Medinasidonia quien propone a su condado la adopción del
patrono de la casa de Guzmán para toda sus tierras onubenses. En esos momentos
no nos consta que hubiese ninguna imagen, masculina o femenina que lo
ejerciera, motivo por el cual al cabildo civil no le costó ningún trabajo
votarlo y reconocerlo oficialmente, al fin y al cabo todos los cargos
municipales eran concedidos por el propio duque; de la misma forma que es
aceptado y votado por el cabildo religioso; el monasterio, fundado sobre el año
1578-79 venía bajo la advocación de un santo más “reconocible” y que no
prevalecía sobre ninguno de los titulares de las parroquiales existentes. Si a
esa consentida imposición ducal sumamos la posibilidad de celebrar unas fiestas
locales sufragadas por el cabildo, tampoco pensamos que la población pusiese
muchos inconvenientes.
El
problema se comienza a plantear cuando casi medio siglo más tarde toma fuerza
la figura de San Walabonso, concretamente en abril de 1624 cuando el
arzobispado de Sevilla manda que se celebre fiesta al santo natural de Niebla:
En
este cabildo se acordó que por quanto el Deán y Cabildo de la Ygle-/ sia Mayor
de Sevilla, a mandado y ordenado, se rese y selebre fies-/ ta a siertos santos
de este arsobispado, contenidos en un / sumario que a enviado. Y en ellos es
uno natural de esta villa,/ que se dise San Ubalabonso mártir; que su día se
celebra a siete / de junio…
AHN, legajo 3, fol 209 rº
AHN, legajo 3, fol 209 rº
Contrariamente
a lo que siempre hemos pensado el arzobispado no impone el patronazgo, ni
tampoco el cabildo vota tal situación, realmente y tras leer detenidamente el
legajo correspondiente sabemos que lo que se manda es hacer una fiesta en
reconocimiento del santo, indicando además que por su proximidad al Corpus se
puede “alargar” la celebración de éste (comedias, ministriles, etc.) y
aprovechar para dar culto a San Walabonso. Que el verdadero conocimiento e
importancia del santo iliplense se produce a raíz de este mandato sevillano lo
podemos deducir de la misma onomástica, hasta la fecha el primer iliplense que
encontramos con tal nombre es del año 1659, un presbítero llamado Walabonso del
Álamo. Nos parece muy lógico que la historia de un santo natural de la villa,
martirizado por una cultura no muy bien vista en pleno siglo XVII y al que
además se le hacen fiestas relativamente fastuosas (ya publicamos en este mismo
blog la importancia del Corpus en la sociedad del momento), fuese calando en la
cultura y afecto popular y ganando terreno frente a otro patrón impuesto por un
duque del que los pobladores de Nieblas conocían poco más que las cargas
fiscales, personales, o de cualquier índole que le imponía. Tal y como recogen
la práctica totalidad de los testigos del pleito San Walabonso era un santo al
que se le tenía una gran veneración.
imagen antigua de San Walabonso
En
1759 la situación ha empeorado aún más para el fervor hacia Santo Domingo, 4
años antes se produjo el famoso terremoto de Lisboa que, en cuanto a lo
positivo, llevó a Niebla el patronazgo de Nuestra Señora del Pino, en este caso
por aclamación popular, ya que ni siquiera se vota en cabildo; el hecho de no
haber sufrido ningún efecto la ermita de Lavapiés, así como la ausencia de
fallecimientos en Niebla (más la proclamación de los religiosos del año 1755)
favoreció que los iliplenses tomaran por patrona a la Virgen del Pino. Aunque
directamente no competía con Santo Domingo ya que es muy usual tener figuras
patronales masculinas y femeninas conjuntamente, la devoción del pueblo se
volcó definitivamente hacia dos imágenes muy próximas, la de un santo natural y
paisano y la de una virgen que tenía su ermita a poca distancia de niebla desde
mucho antes que se fundase el convento.
En el
largo pleito que hemos estudiado inferimos que el Arzobispado se encontró en la
tesitura de dirimir entre un Santo más “oficial”, Santo Domingo y otro más
“popular”, San Walabonso. Fue precisamente la ausencia de actas capitulares del
año 1580 lo que favoreció una decisión “salomónica”, la de reconocer a los tres
como copatronos de Niebla, contentando de esta forma a los tres estatutos
fundamentales de la sociedad española de la Edad Moderna: Santo Domingo el
patrón del duque, San Walabonso el del arzobispado y Nuestra Señora del Pino la
del pueblo.
Cómo
evolucionó, incluso desapareciendo el culto de uno de ellos, nos lo reservamos
para posteriores presentaciones que, como prometimos ofreceremos a los
propietarios de la historia de su pueblo; los iliplenses. Sirva este artículo
como aliciente a preservar y fomentar lo que nuestros mayores nos dejaron.
Seguimos
con nuestra promesa mantenida y realizaremos una exposición sobre San Walabonso
en las fuentes documentales cuando las circunstancias lo permitan.
Pelayo
Castillo Palacios y Antonio Bonilla Giles
Muy interesante! Ahora me pregunto: ¿no fue también mártir la hermana de San Walabonso? Creo recordar algo de eso. Si es así, ¿ella no llegó a ser santificada? Si has hecho alguna entrada sobre ella, pásamela, te lo ruego. Besos muy apretaos, amigo, nunca defraudas.
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